Texto oficial
Art. 247 (244). En todos los casos a que se refieren
los artículos precedentes, la resolución que se trate de
ejecutar se presentará a la Corte Suprema en copia
legalizada o apostillada.
Código de procedimiento civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22740 / 8767799.