Texto oficial
Art. 738. En los casos no previstos por los artículos
precedentes, serán aplicables las reglas del juicio
ejecutivo de mayor cuantía si la cuestión deducida es
también ejecutiva.
Código de procedimiento civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22740 / 8768201.