Texto oficial
ARTICULO PRIMERO. Se autoriza al Presidente de la República para contratar, por medio de propuestas públicas, la construccion de un ferrocarril de un metro de trocha, que partirá de la ciudad de los Andes i se estenderá hasta la cumbre de la cordillera para unirse con un ferrocarril de la misma trocha que se dirija desde Mendoza hasta ese punto.