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Artículo 4 de la Ley 17.026 · Crea comision nacional pro-ereccion de un monumento al huaso chileno

Crea comision nacional pro-ereccion de un monumento al huaso chileno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227906 / 6488521.

Texto oficial

Artículo 4º.- La Contraloría General de la República verificará la inversión de los fondos recaudados en virtud de la aplicación de esta ley. Los miembros de la Comisión no percibirán honorarios ni remuneración alguna por sus funciones, con excepción del reembolso por los gastos directos que sus labores originen debidamente comprobados.