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Artículo 13 de la Ley 4.092

Ley 4.092

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227940 / 9053116.

Texto oficial

Art. 13. La presente ley regirá desde la fecha de publicación en el Diario Oficial, excepto en lo referente a las rebajas de las remuneraciones, las que se aplicarán desde el 1.o de Junio de 1926.