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Artículo 2 del Decreto 2258

Decreto 2258

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 227941 / 9053120.

Texto oficial

Art. 2.o La Caja tendrá a su cargo el pago de las pensiones de retiro y montepío de los oficiales, empleados militares, navales y civiles, tropa y gente de mar del Ejército, Armada y Aviación, empleados de las Subsecretarías de Guerra, Marina y Aviación y de la misma Caja, que se decretaren con arreglo a la ley de retiro y montepío.