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Artículo 5 de la Ley 1.642 · Reorganiza los resguardo de cordillera i les fija el personal i sueldos

Reorganiza los resguardo de cordillera i les fija el personal i sueldos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22813 · idParte: 8274522

Texto oficial

ART. 5.° Un reglamento dictado por el Presidente de la República fijará las atribuciones i deberes de los empleados creados por la presente lei, que no estuvieren señalados por otras leyes o reglamentos aduaneros. El Superintendente de Aduanas podrá ocupar al jefe i a los inspectores del Cuerpo en cualquiera comision del servicio aduanero, sin perjuicio de los deberes que se les impongan por el indicado reglamento.