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Artículo 3 del Decreto Ley 1436

Autoriza a la junta de desarrollo industrial de bio-bio, malleco y cautin para donar a la i. municipalidad de freire la propiedad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228191 / 6489390.

Texto oficial

Artículo 3º.- La I. Municipalidad de Freire tendrá la obligación de destinar el terreno a la formación de un barrio industrial o, en su defecto, y para el evento de ser impracticable este propósito, al ser enajenado, su producto tendrá que destinarse a fines industriales.