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Artículo TRANSITORIO del Decreto Ley 1436

Autoriza a la junta de desarrollo industrial de bio-bio, malleco y cautin para donar a la i. municipalidad de freire la propiedad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228191 / 6489391.

Texto oficial

Artículo transitorio.- La Junta de Desarrollo Industrial de Bío-Bío, Malleco y Cautín conservará su personalidad jurídica para el solo efecto de donar y transferir los terrenos a la I. Municipalidad de Freire, conforme a la autorización que se da por este decreto ley, aunque se produzca su extinción, de acuerdo con lo prevenido en el decreto ley Nº 575, de 1974.