Texto oficial
Artículo 1º.- Traspásase, desde el Instituto Nacional de Estadísticas al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción, la función que se señala en la letra n) del artículo 2º de la ley Nº 17.374.