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Artículo 1 del Decreto 382

Aprueba reglamento de registro de consultores externos especializados para la preparacion y ejecucion de los concursos establecidos en las leyes nos 18.834 y 19.882

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229442 / 6493480.

Texto oficial

Artículo 1º.- Para los efectos del presente reglamento, se dará a las expresiones que se indican a continuación el significado que para cada uno de ellos se establece en este artículo. a.- Consultores Externos especializados o simplemente consultores: Es la persona natural o jurídica inscrita en el registro a que se refiere el presente reglamento. b.- Registro de Consultores externos especializados o registro: Nómina de las personas naturales o jurídicas y de los antecedentes que den cuenta de la vigencia de su inscripción. c.- Trabajo de Asesoría: Asistencia Técnica especializada en selección de personal ejecutada por los consultores externos especializados.