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Artículo 16 del Decreto 382

Aprueba reglamento de registro de consultores externos especializados para la preparacion y ejecucion de los concursos establecidos en las leyes nos 18.834 y 19.882

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229442 / 6493504.

Texto oficial

Artículo 16º.- El Registro de consultores externos especializados es común y único para todas las instituciones afectas a la ley Nº 18.834 y para el Consejo de Alta Dirección, de acuerdo a lo prescrito por la ley Nº 19.882, se radicará en la Dirección Nacional del Servicio Civil y será de conocimiento público.