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Artículo 123 de la Ley 19.968 · Crea los tribunales de familia

Crea los tribunales de familia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229557 / 8651418.

Texto oficial

Artículo 123.- Modificaciones al Código de Procedimiento Civil. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código de Procedimiento Civil: 1) Derógase el N° 5 del artículo 680. 2) Elimínase, en el artículo 836, la frase "por escrito". 3) Suprímese el inciso cuarto del artículo 839.