Texto oficial
Art. 475. (503) Acerca de los hechos que hubieren pasado
en presencia del juez y ante el respectivo secretario, hará
completa prueba la diligencia que, con las debidas
formalidades, se hubiere asentado sobre el particular.
Código de procedimiento penal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22960 / 8635088.