Texto oficial
Art. 474. (502) Acerca de la existencia de los rastros,
huellas y señales que dejare un delito y acerca de las
armas, instrumentos y efectos relacionados con él, hará
completa prueba la diligencia de la inspección ocular que
haya practicado el juez asistido por el secretario, asentada
en el acta correspondiente.