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Artículo PRIMERO de la Ley 1.897

Lei num. 1,897 que concede suplemento a varios item del presupuesto del ministerio de guerra

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22990 / 5952355.

Texto oficial

Artículo primero. Concédese al ítem 295 de la partida 12 del presupuesto de Guerra vijente, un suplemento de ochenta i un mil ochocientos diecisiete pesos cincuenta i cuatro centavos ($ 81,817.54).