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Artículo 2 de la Ley 1.988

Lei núm. 1,988 que autoriza la inversion de diversas cantidades en la reconsolidacion del edificio del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23050 / 8274898.

Texto oficial

ART. 2.° Se autoriza al Presidente de la República para invertir la cantidad de nueve mil seiscientos cuarenta i cinco pesos en el pago de las cuentas pendientes con los señores Ceppi Hermanos, i Dell'Orto Hermanos, por trabajos mandados ejecutar por la Direccion de Obras Públicas en el edificio del Congreso, inmediatamente despues del terremoto de agosto de 1906.