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Artículo 1 de la Ley 16.515

Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente el dominio del inmueble fiscal que señala, ubicado en la ciudad de iquique

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 230528 · idParte: 6497772

Texto oficial

Artículo 1.o- Autorízase al Presidente de la República para que transfiera, gratuitamente, al Sindicato Profesional de Panificadores de Tarapacá, el dominio del inmueble fiscal ubicado en la calle Barros Arana esquina de Bulnes, de la ciudad de Iquique, comuna y departamento del mismo nombre, de la provincia de Tarapacá, inscrito a nombre del Fisco a fojas 310 N.o 460, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 1927, y comprendido en los siguientes deslindes, según plano N.o 876 y registrado en el Departamento de Mensura del Ministerio de Tierras y Colonización: Norte, propiedad de don Luis Nieto; Este, inmueble de don José Alberto Alcaide; Sur, José Alberto Alcaide y calle Bulnes, y Oeste, calle Barros Arana. El predio cuya transferencia se autoriza deberá destinarse a perpetuidad a servir los fines sociales y culturales del Sindicato Profesional de Panificadores de Tarapacá.