Texto oficial
Artículo 3º.- Autorízase al Presidente de la República para dictar el texto refundido de las disposiciones de la ley Nº 7.758 con las enmiendas que se introducen en la presente, el cual llevará número de ley.".
Modifica la ley nº 7.758, de 19 de febrero de 1944
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 230738 / 6498665.