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Artículo 2 de la Ley 2.027

Lei num. 2.027 que aumenta a tres el numero de taquigrafos de la camra de diputados i consulta fondos para pagar un taquigrafo supernumerario.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23075 / 8274933.

Texto oficial

ART. 2.° Autorízase la inversion hasta de seiscientos pesos en el pago de los sueldos devengados ántes de la promulgacion de la presente lei por los servicios de un taquígrafo tercero supernumerario en la espresada Redaccion de Sesi�nes.