Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 2.040

Lei num. 2,040 que declara con derecho a gozar de los beneficios que acuerda la lei de 22 de diciembre de 1881 a los invalidos del ejercito presidencial, absolutos i relativos de la guardia nacional movilizada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23088 / 7165487.

Texto oficial

ART. 5.° Se concede un nuevo plazo de seis meses para que los jefes, oficiales e individuos de tropa del ejército i armada i secciones anexas, favorecidas por la lei de 9 de enero de 1892, que no hubieren ocurrido oportunamente a jestionar sus derechos; puedan acojerse a los beneficios de la referida lei.