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Artículo 4 de la Ley 2.040

Lei num. 2,040 que declara con derecho a gozar de los beneficios que acuerda la lei de 22 de diciembre de 1881 a los invalidos del ejercito presidencial, absolutos i relativos de la guardia nacional movilizada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23088 / 7165486.

Texto oficial

ART. 4.° Se concede un plazo de seis meses para que los beneficiados por esta lei se acojan a ella.