Texto oficial
Artículo 15.- Fíjase la siguiente planta del personal
para la Agencia:
Cargos Grado N°
Director 1C 1
Subdirector 2 1
DIRECTIVOS
Jefes de División 2 3
3 3
Jefes de Departamento 4 8
5 5
6 4
PROFESIONALES
Profesionales 4 6
5 7
6 8
7 6
8 5
9 2
TECNICOS
Técnicos 10 2
ADMINISTRATIVOS
Administrativos 10 12
11 7
12 5
14 4
AUXILIARES
Auxiliares 19 4
20 3
21 3
99
Serán requisitos para el ingreso y desempeño en los
cargos que se indican, los siguientes:
a) Planta de Directivos: Título profesional de una
carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración,
otorgado por una Universidad o Instituto Profesional de
Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o
título profesional de Oficial de Estado Mayor o de
Ingeniero Militar Politécnico o sus equivalentes en las
otras Instituciones de la Defensa Nacional, o título
profesional de Oficial Graduado en el caso de Oficiales de
Carabineros y título de Oficial Graduado en Investigación
Criminalística en el caso de la Policía de
Investigaciones.
b) Planta de Profesionales: Título profesional de una
carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración,
otorgado por una Universidad o Instituto Profesional de
Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o
título profesional de Oficial de Estado Mayor o de
Ingeniero Militar Politécnico o sus equivalentes en las
otras Instituciones de la Defensa Nacional o título
profesional de Oficial Graduado en el caso de Oficiales de
Carabineros y título de Oficial Graduado en Investigación
Criminalística en el caso de la Policía de
Investigaciones.
c) Planta de Técnicos: Título de Técnico de
Educación Superior otorgado por un establecimiento de
educación superior del Estado o reconocido por éste,
incluyendo a las Escuelas y Academias de las Instituciones
de la Defensa Nacional.
d) Planta de Administrativos: Licencia de Enseñanza
Media.
e) Planta de Auxiliares: Licencia de Educación
Básica.