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Artículo 7 del Decreto 187

Aprueba reglamento del fondo de fomento de la musica nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 231661 / 7315694.

Texto oficial

Artículo 7º.- Líneas sometidas a Licitación. Los recursos del Fondo que correspondan a las siguientes líneas se asignarán mediante llamados a licitación: a) Promoción de estudios y formulación de proposiciones para la mejor difusión del repertorio nacional. b) Desarrollo de campañas de promoción del repertorio nacional a través de los medios de comunicación pública.