Texto oficial
ART. 12. Se declaran de utilidad pública todos los terrenos necesarios para llevar a efecto la transformacion de Santiago, en conformidad a las prescripciones de la presente lei.
Lei num. 2,203, que fija las disposiciones a que debera sujetarse la construccion de edificios, apertura, ensanche, union, prolongacion o rectificacion de calles de la ciudad de santiago.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23195 / 8275107.