Lei num. 2,203, que fija las disposiciones a que debera sujetarse la construccion de edificios, apertura, ensanche, union, prolongacion o rectificacion de calles de la ciudad de santiago.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23195 / 8275113.
Texto oficial
ART. 17. Si al hacerse una espropiacion quedaren terrenos sobrantes que, a juicio de los peritos nombrados, no fueren adaptables al uso que tenian ántes, la Municipalidad será obligada a comprar todo el predio si así lo exijiere el propietario.