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Artículo 4 transitorio del Decreto 673

Aprueba normas reglamentarias sobre matrimonio civil y registro de mediadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232033 / 8660252.

Texto oficial

Artículo 4º.- Las entidades, instituciones o personas jurídicas a que se refiere el artículo 31 de este reglamento, podrán hacer llegar al Servicio de Registro Civil e Identificación los antecedentes de los cursos de preparación para el matrimonio que deseen registrar en conformidad a lo dispuesto en el artículo 33.