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Artículo 10 de la Ley 2.219 · Lei núm. 2,219, que fija el impuesto de papel;sellado, timbres i estampillas

Lei núm. 2,219, que fija el impuesto de papel;sellado, timbres i estampillas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23205 / 7165627.

Texto oficial

ART. 10. Si se emplearen estampillas para el pago del impuesto, se inutilizarán con la fecha abreviada i las iniciales del que suscribe el documento o en su defecto del que lo otorga. Cuando las estampillas se usaren en documento público, serán inutilizadas en la misma forma por el funcionario otorgante, o con su sello.