Texto oficial
ART. 3.° Se acuerda una medalla de oro a los oficiales i una de plata a los soldados sobrevivientes del combate de Sangra.
Lei núm. 2,245, que concede ciertos beneficios a los;sobrevivientes de la accion de guerra de sangra, a;quienes acuerda tambien el uso de una medalla.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23225 / 5953152.