Texto oficial
Artículo 2º.- La presente ley tiene por objetivo el
desarrollo, fomento, difusión, protección y preservación
de las obras audiovisuales nacionales y de la industria
audiovisual, así como la investigación y el desarrollo de
nuevos lenguajes audiovisuales.
Las normas de esta ley no serán aplicables a aquellos
productos y procesos audiovisuales cuyo contenido o
particular tratamiento sirvan a objetivos publicitarios.