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Artículo 1 de la Ley 9.664

Autoriza a la municipalidad de achao para contratar un emprestito por la suma y en las condiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232362 / 8371916.

Texto oficial

Artículo 1.o. Autorízase a la Municipalidad de Achao para contratar un empréstito que produzca hasta la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000), a un interés no superior al 7% anual y con una amortización acumulativa, también anual, del 1%. Si el empréstito se contratare en bonos, éstos se emitirán por intermedio de la Tesorería General de la República y no podrán colocarse a un precio inferior al 85% de su valor nominal.