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Artículo 9 de la Ley 9.664

Autoriza a la municipalidad de achao para contratar un emprestito por la suma y en las condiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232362 / 8371924.

Texto oficial

Artículo 9.o. La Municipalidad deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la provincia, un estado del servicio del empréstito y de las sumas invertidas en conformidad al artículo 3.o.