Texto oficial
Artículo 23º: Los antecedentes del afiliado o de su
grupo familiar de carácter personal, médico o
socioeconómico, que conozca el Servicio de Bienestar,
tendrán el carácter de confidenciales.
Los afiliados tendrán derecho a solicitar al Servicio
de Bienestar copia de cualquier documento que le hayan
acompañado, así como lo resuelto sobre sus solicitudes de
beneficios.