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Artículo 23 (DEL NUM. Nº2) del Decreto 34

Aprueba reglamento del servicio de bienestar de la caja de prevision de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232784 / 6506083.

Texto oficial

Artículo 23º: Los antecedentes del afiliado o de su grupo familiar de carácter personal, médico o socioeconómico, que conozca el Servicio de Bienestar, tendrán el carácter de confidenciales. Los afiliados tendrán derecho a solicitar al Servicio de Bienestar copia de cualquier documento que le hayan acompañado, así como lo resuelto sobre sus solicitudes de beneficios.