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Artículo 3 TRANSITORIO (DEL NUM. Nº2) del Decreto 34

Aprueba reglamento del servicio de bienestar de la caja de prevision de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232784 / 6506087.

Texto oficial

Artículo 3º: Mientras no se contemple en la planta de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional el cargo de Jefe del Servicio de Bienestar, la referencia que en este Reglamento se realiza a dicha jefatura, debe entenderse efectuada al funcionario que se le asigne tal función.