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Artículo 3 de la Ley 16.254 · Concede autonomia a la comuna subdelegacion de cisnes

Concede autonomia a la comuna subdelegacion de cisnes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232890 / 8371971.

Texto oficial

Artículo 3.o- Las cuentas por pagar de la actual Municipalidad de Aysen, serán siempre de cargo de esta Municipalidad. Las contribuciones, patentes y demás créditos a favor de la Municipalidad de Aysen, pendientes a la fecha en que entrará a regir la presente ley y que correspondan a la nueva Municipalidad de Cisnes, deberán pagarse a la Municipalidad de Aysen. La Municipalidad de Cisnes no podrá cobrar ninguna suma de dinero devengada con anterioridad a la fecha de vigencia de esta ley a la Municipalidad de Aysen, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por esta Municipalidad.