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Artículo 33 de la Ley 19.985

Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector publico, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233121 / 8660351.

Texto oficial

Artículo 33.- Renuévase por un periodo de 30 días, contados desde la publicación de la presente ley, la facultad contenida en el artículo séptimo transitorio de la ley N° 19.882, agregándose en el inciso segundo de dicho artículo, la expresión "o tercer" a continuación de la palabra "segundo".".