Texto oficial
ART. 5.°- Queda derogada la lei de 28 de Agosto de 1890 i el inciso 4.° del art. 82 de la Lei de Elecciones.
Fija el número de senadores i diputados que;corresponde elejir a las provincias i departamentos de;la república; forma las agrupaciones para la eleccion de;diputados, i aprueba algunas disposiciones relacionadas;con la eleccion de los mismos.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23318 / 8275265.