Texto oficial
Artículo 10: Los socios activos tienen los siguientes derechos y atribuciones:
a) Participar con derecho a voz y a voto en las Asambleas Generales;
b) Elegir y ser elegidos para servir los cargos directivos de la Corporación;
c) Presentar cualquier proyecto o proposición de estudio al Directorio, el que decidirá su rechazo o inclusión en la Tabla de una Asamblea General.
Si el proyecto fuera patrocinado a lo menos, por el diez por ciento de los socios, con un mínimo de 30 días de anticipación a la celebración de la Asamblea General Ordinaria, deberá ser obligatoriamente tratado en ésta, a menos que la materia sea de aquellas estipuladas en el artículo 16 de estos Estatutos, en cuyo caso deberá citarse a una Asamblea General Extraordinaria, a celebrarse dentro del plazo de 20 días, contados desde la presentación hecha al Directorio.
d) Recibir los beneficios sociales que conceda la Corporación.