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Artículo 22 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 3787 EXENTO

Aprueba el texto del acta y estatuto tipo al cual podran ceñirse las corporaciones del adulto mayor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233298 / 7316840.

Texto oficial

Artículo 22: La institución será dirigida y administrada por un Directorio, compuesto por , directores, de los cuales se designará un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero. El Directorio durará dos años en sus funciones, pudiendo sus miembros ser reelegidos por un solo periodo. Los miembros del Directorio desempeñarán sus funciones en forma totalmente gratuita.