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Artículo 46 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 3787 EXENTO

Aprueba el texto del acta y estatuto tipo al cual podran ceñirse las corporaciones del adulto mayor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233298 / 7316871.

Texto oficial

Artículo 46: La cuota ordinaria mensual será determinada por la Asamblea General Ordinaria anual, a propuesta del Directorio, y no podrá ser inferior a , ni superior a......Unidad(es) Tributaria(s) Mensual(es). Asimismo, la cuota de incorporación será determinada por la Asamblea General Ordinaria del año respectivo, a propuesta del Directorio, y no podrá ser inferior a.........., ni superior a.........Unidad(es) Tributaria(s) Mensual(es). El Directorio estará autorizado para establecer, que el pago y recaudación de las cuotas ordinarias, se haga mensual, trimestral o semestralmente. La cuota de incorporación sólo podrá establecerse respecto de cada socio por una sola vez.