Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 2.575

Crea el departamento de tarata en la provincia de tacna i fija el personal de empleados que debe tener

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23366 / 8275345.

Texto oficial

ART. 3.° Esta lei empezará a rejir treinta dias despues de su publicacion en el Diario Oficial.