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Artículo 5 de la Ley 2.577

Crea una oficina central de estadistica a la cual correspondera la direccion jeneral del servicio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23368 / 8275352.

Texto oficial

ART. 5.°- La seccion de Jeografía i Demografía comprenderá dos sub-secciones, que lo serán respectivamente: De Jeografía; i De Hijiene, Medicina i Beneficencia. La Seccion de Política i Administracion comprenderá tres subsecciones, que lo serán respectivamente: De Política i Administracion Jeneral; De Justicia, Policía i Criminalidad; i De Instrucci�n. La Seccion Económica comprenderá tres sub-secciones que lo serán respectivamente: De Minería; De Industria; i De Comercio i Comunicaciones.