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Artículo PRIMERO de la Ley 2.589 · Fija la fuerza de mar i tierra durante el año 1912

Fija la fuerza de mar i tierra durante el año 1912

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23379 / 5953698.

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO.- Las fuerzas de mar i tierra durante el año 1912 no podrán exceder de 27,221 hombres, de los cuales 8,044 pertenecerán al personal permanente del Ejército, 5,371, a los equipajes de la Armada, 9,860 a los conscriptos del Ejercito, 709 a los conscriptos de la Armada, 1,500 a la Artillería de Costa i 1,737 a los Carabineros.