Texto oficial
ART. 2.°- Esta lei principiará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.
Dispone que en santiago el impuesto de haberes muebles e inmuebles sea percibido por el fisco, durante seis meses, para atender al servicio de aseo e hijiene de la ciudad. declara inembargables las propiedades i materiales afectos al servicio de la policia de aseo i autoriza el pago al personal de este servicio de los salarios devengados e insolutos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23389 / 8275409.