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Artículo 2 de la Ley 2.631 · Aumenta los sueldos del personal de empleados del;servicio de telégrafos del estado

Aumenta los sueldos del personal de empleados del;servicio de telégrafos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23396 / 8275419.

Texto oficial

ART. 2.°- Los empleados que presten sus servicios en las provincias de Tacna, Tarapacá i Antofagasta gozarán de una gratificacion de veinte por ciento sobre sus sueldos.