Autoriza la enajenacion, en publica subasta, de terrenos salitrales de la provincia de tarpaca del producto que se obtenga autoriza la inversion de la suma de $ 3.800,000, oro de 18 d., para dotar de agua potable a la ciudad de iquique. deroga el inciso de la lei num. 2,192 que dispone que con el producto de la venta de terrenos salitrales i magallanicos se incrementaran los fondos de conversion.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23403 / 7165923.
Texto oficial
ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza al Presidente de la República para que enajene en pública subasta los siguientes terrenos salitrales de la provincia de Tarapacá:
Oficina Peña Grande;
Oficina Nueva Soledad;
Oficina Santa Laura de Wendell; i Terrenos vecinos a Barrenechea.