Texto oficial
Artículo cuarto transitorio.- Otórgase, por una sola
vez a los funcionarios de planta y a contrata que al 31 de
octubre de 2004 se desempeñen en la Dirección del Trabajo,
un bono no imponible ni tributable, de un monto ascendente a
$90.000 para los funcionarios que se encuentren ubicados
entre los grados 23 al 14 y de $70.000 para aquellos que se
encuentren ubicados entre los grados 13 al 5. Este bono se
pagará en el mes siguiente al de la publicación de la
presente ley conjuntamente con las remuneraciones
correspondientes a ese mes, a los funcionarios en servicio
en esta Dirección a la fecha de pago.