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Artículo 2 TRANSITORIO de la Ley 19.993

Autoriza a la empresa nacional de minería para transferir a la empresa corporacion nacional del cobre de chile la fundicion y refineria las ventanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 234253 · idParte: 8652152

Texto oficial

Artículo 2º transitorio.- Lo dispuesto en el artículo 8º de esta ley deberá ser cumplido a más tardar el 31 de diciembre de 2005, y no afectará a aquellas funciones de la casa matriz que puedan perjudicar el normal funcionamiento de la empresa.