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Artículo 10 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 83

Aprueba norma tecnica para los organos de la administración del estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electronicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234598 / 8660488.

Texto oficial

Artículo 10º.- El Nivel Básico de Seguridad para el documento electrónico tiene por objeto: a) Garantizar condiciones mínimas de seguridad y confidencialidad en los documentos electrónicos que se generan, envían, reciben, procesan y almacenan entre los órganos de la Administración del Estado; b) Facilitar la adopción de requerimientos de seguridad más estrictos por parte de aquellos organismos y en aquellos tópicos que se estimen necesarios, y c) Facilitar el Nivel avanzado de seguridad para el documento electrónico, en aquellos organismos cuyo desarrollo institucional lo requiera.