Saltar al contenido

Artículo 16 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 83

Aprueba norma tecnica para los organos de la administración del estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electronicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234598 / 8660497.

Texto oficial

Artículo 16.- La salida desde un sistema de un documento electrónico que está clasificado como reservado o secreto, deberá tener una etiqueta apropiada de clasificación en la salida. Para estos efectos, deberá considerarse, entre otros, los informes impresos, pantallas de computador, medios magnéticos (cintas, discos, CDs, cassettes), mensajes electrónicos y transferencia de archivos.